El propio Estatuto de Autonomía, en su artículo noveno, define todas y cada una de las funciones de nuestro Parlamento.
Estas funciones se resumen en las de carácter Legislativo (aprobación de leyes y otras iniciativas parlamentarias), de Control (de la actividad del Gobierno por parte de el o los grupos de oposición) y Presupuestario (aprobación de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Cantabria).
Legislativa
El Parlamento tiene las siguientes funciones en materia Legislativa:
- Aprobar las leyes de la Comunidad Autónoma. El Parlamento ejerce la potestad legislativa en materia de su competencia, pudiendo solicitar del Gobierno del Estado la adopción de proyectos de ley.
- Aprobar los convenios a realizar con otras Comunidades Autónomas y los acuerdos de cooperación con las mismas para la gestión y prestación de servicios propios de su competencia.
- Elegir entre sus Diputados y Diputadas al Presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Nombrar de entre sus miembros al Senador o Senadora que representa a la Comunidad Autónoma en las Cortes Generales.
Control
El Parlamento tiene las siguientes funciones en materia de Control:
- Impulsar y controlar la acción del Gobierno de Cantabria.
- Exigir, en su caso, responsabilidad política al Gobierno y a su Presidente.
- Interponer recursos de inconstitucionalidad y personarse ante el Tribunal Constitucional.
- Recibir la información que proporcione el Gobierno del Estado sobre tratados internacionales y otros proyectos que afecten al interés de la Comunidad Autónoma.
- Participar del control público de los medios de comunicación social cuya titularidad corresponde a la Comunidad Autónoma.
Presupuestaria
El Parlamento tiene las siguientes funciones en materia Presupuestaria:
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Aprobar los presupuestos y cuentas de la Comunidad Autónoma.
- Fijar las previsiones de índole política, social y económica que haya de suministrar la Comunidad Autónoma al Gobierno del Estado para la elaboración de los proyectos de planificación.
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Aprobar los planes de fomento de interés general para Cantabria.